La delegada del Barrio de San Antonio, Lehidé Beltrán, ordenó la colocación de cuatro topes de concreto sin autorización, sin cumplir la norma y en plena curva, por lo que podría enfrentar una multa económica de 10 a 80 UMAs y el retiro inmediato de las obras con cargo a la delegación en el municipio de Ixmiquilpan.
Los hechos ocurrieron en la calle Trinidad Moreno, detrás de Bodega Aurrerá, y en el Libramiento a Cardonal antes de la gasolinera, donde se instalaron otros dos topes más en curva, sobre una vía de jurisdicción estatal.
De acuerdo con denuncias y evidencia fotográfica, en el mes de agosto en la calle Trinidad Moreno se rompió con barra la carpeta asfáltica que tenía más de diez años sin intervención para colar una barra de concreto que quedó sin pintura reflejante, sin señalamiento vertical y en plena curva. Recientemente, en el Libramiento a Cardonal se colocaron dos reductores más bajo el mismo procedimiento, con conos con la leyenda “San Antonio” y sin ningún tipo de señalización preventiva.
La Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Hidalgo es clara en su Artículo 126 Fracción II: colocar en forma temporal o permanente boyas, topes, maceteros o cualquier otro objeto fijo o semifijo en la vía pública sin la debida autorización de la autoridad competente constituye una infracción grave. La delegada municipal es autoridad auxiliar y no tiene facultades para autorizar o ejecutar obras sobre vialidades; esa facultad corresponde únicamente a la Dirección de Obras Públicas y Tránsito Municipal y, en el caso de libramientos, a la Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado.
Al tratarse de una infracción grave, la ley prevé una multa de 10 a 80 veces el valor de la UMA, además del retiro del obstáculo y la reparación del daño causado a la vía pública. La carpeta asfáltica dañada en Trinidad Moreno deberá ser reparada, ya que al picar la base se expone la estructura a filtración de agua y a la formación de baches.
A ello se suma el incumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2/SEDATU-2022, que rige en todo el país y que prohíbe expresamente la instalación de reductores de velocidad en curvas, puentes y vías primarias o libramientos. La norma obliga a que todo tope tenga una altura máxima de 12 centímetros, pintura amarilla con reflejante y señalamiento vertical preventivo 50 metros antes. Aparentemente ninguno de los topes cumple con estos requisitos.
La falta de señalamiento no solo los hace ilegales, también los hace responsables de daños. Cuando un vehículo resulta afectado o se registra un accidente por un tope sin pintar y sin señalizar, se activa la responsabilidad patrimonial del municipio, que debe pagar los daños y puede repetir el cobro contra quien ordenó la colocación.
Aunque tras el accidente registrado el viernes en los límites de las comunidades de Maguey Blanco y El Tephé por un tope sin señalizar, los reductores de San Antonio fueron pintados de emergencia; vecinos señalan que siguen siendo ilegales por estar en curva y por haber sido colocados sin dictamen técnico, por lo que exigen su retiro inmediato ante Obras Públicas de Ixmiquilpan.













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